Leyes de Bolivia

DATOS DE LA GACETA OFICIAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

Número de Ley : 1364

Fecha Promulgación :  02/03/2021

Promulgado por : LUIS ALBERTO ARCE CATACORA, PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

Nro Gaceta : N° 1363    Páginas : 6 - 6

Titulo : Se declara Patrimonio Cultural Inmaterial del Estado Plurinacional de Bolivia, a la expresión ritual de los “Qantus”, como práctica ancestral de la música, danza, coreografía y vestimenta, celebrada por las Naciones y Pueblos Indígena Originario Campesinos.

Estado:  Vigente

 

LEY N° 1364

LEY DE 2 DE MARZO DE 2021

LUIS ALBERTO ARCE CATACORA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL

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DECRETA:

ARTÍCULO ÚNICO.

I. Se declara Patrimonio Cultural Inmaterial del Estado Plurinacional de Bolivia, a la expresión ritual de los “Qantus”, como práctica ancestral de la música, danza, coreografía y vestimenta, celebrada por las Naciones y Pueblos Indígena Originario Campesinos.

II. El Órgano Ejecutivo a través del Ministerio de Culturas, Descolonización y Despatriarcalización, en coordinación con las entidades territoriales autónomas correspondientes, en el marco de sus competencias, quedan encargados de la implementación de planes y programas de difusión, promoción y salvaguarda de la expresión ritual de los “Qantus”.

Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los diecisiete días del mes de febrero del año dos mil veintiuno.

Fdo. Andrónico Rodríguez Ledezma, Freddy Mamani Laura, Gladys V. Alarcón F. de Ayala, María R. Nacif Barboza, Patricio Mendoza Chumpe, Walter Villagra Romay.

Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.

Casa Grande del Pueblo de la ciudad de La Paz, a los dos días del mes de marzo del año dos mil veintiuno.

Fdo. Luis Alberto Arce Catacora, Maria Nela Prada Tejada, Sabina Orellana Cruz.

Fuente:GACETA OFICIAL DEL ESTADO PLURINACIONAL



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