Artículo 4. (PRINCIPIOS). Son principios de cumplimiento obligatorio:
I. Principios Generales:
1. Vivir Bien, sumaj kausay, suma qamaña (Vivir Bien), ñandereko (Vida armoniosa), teko kavi (Vida buena), ivi maraei (tierra sin mal), qhapaj ñan (camino o vida noble). Se fundamenta y justifica en el interés colectivo, sirviendo con objetividad a los intereses generales de nuestro país intercultural, con acceso y disfrute de los bienes materiales y la realización efectiva, subjetiva, intelectual y espiritual de la población, garantizando la satisfacción de las necesidades básicas, en armonía con la Madre Tierra y en comunidad con los seres humanos.
2. Ama Qhilla, Ama Llulla, Ama Suwa (no seas flojo, no seas mentiroso, no seas ladrón). Accionar probo, íntegro e independiente de la Sociedad y del Estado, que se traduce en el bienestar colectivo.
3. Mandar obedeciendo. Relación por el cual el mandatario le da el poder al mandante, para que éste ejecute o dé cumplimiento a la voluntad del mandante, para la consecución del bien común.
4. Plurinacionalidad. Existencia plena de las naciones y pueblos indígena originario campesinas y comunidades interculturales y afrobolivianas,que conforman el Estado Plurinacional de Bolivia.
5. Interculturalidad. El reconocimiento, la expresión y la convivencia de la diversidad cultural, institucional, normativa y lingüística de las bolivianas y los bolivianos, y las naciones y pueblos indígenas originarios campesinos del Estado Plurinacional, el ejercicio pleno de los derechos individuales y colectivos garantizados en la Constitución Política del Estado, constituyendo una sociedad basada en el respeto y la igualdad entre todas y todos, donde predomine la búsqueda conjunta del Vivir Bien.
6. Responsabilidad. La práctica de la Participación y Control Social, se realizará como un compromiso adquirido acompañando la gestión institucional.
II. Principios Esenciales:
1. Transparencia. El manejo honesto y adecuado de los recursos públicos, así como la facilitación de información pública desde los Órganos del Estado y las entidades privadas que administran recursos fiscales y/o recursos naturales, de forma veraz, oportuna, comprensible y confiable.
2. Ética. Es el comportamiento de la persona conforme a los principios morales de servicio a la comunidad reflejados en valores de honestidad, transparencia, integridad, probidad, responsabilidad y eficiencia.
3. Compromiso Social. Las acciones se desarrollarán en función del bien común y los intereses de la sociedad.
4. Independencia y Autonomía. Capacidad para decidir y actuar con libertad y sin depender de un mando o autoridad. Las acciones de la Participación y Control Social no se subordinarán a ningún Órgano y/o autoridad del Estado, ni recibirá instrucciones o presiones de ningún poder fáctico, que vele por intereses particulares contrarios al interés general.
5. Valoración de Saberes Propios. Se respetará el uso de las normas y procedimientos propios ancestrales de las naciones y pueblos indígena originario campesinos, y las comunidades interculturales y afrobolivianas, para la gestión y solución de problemas de interés público.
6. Complementariedad. El ejercicio de la Participación y Control Social, coadyuvará a la fiscalización y control gubernamental, en todos los niveles del Estado Plurinacional, para evitar la corrupción y la apropiación de instituciones estatales por intereses particulares.