ARTÍCULO 7. (PRINCIPIOS). Los principios que orientan al Estado Plurinacional de Bolivia y a la Sociedad, y que rigen la presente Ley, además de los establecidos en el Artículo 6 de la Ley N° 144 de la “Revolución Productiva Comunitaria Agropecuaria”, y el Artículo 4 de la Ley N° 300 “Ley Marco de la Madre Tierra y Desarrollo Integral para Vivir Bien”, son:
1. Asociatividad. Se reconoce la agricultura familiar sustentable basada en las relaciones solidarias de reciprocidad y cooperación entre actores económicos con objetivos comunes que operan bajo el principio de economía solidaria dando preferencia e interactuando con otros proveedores solidarios, en la búsqueda de alcanzar la soberanía alimentaria y los objetivos de los sujetos de la agricultura familiar sustentable.
2. Autogestión. Se reconoce la autogestión de las Organizaciones Económicas Campesinas, Indígena Originarias - OECAS, las Organizaciones Económicas Comunitarias - OECOM, y las familias productoras indígena originario campesinas, interculturales y afrobolivianas organizadas en la agricultura familiar sustentable, como la forma de administración y gestión donde se tiene la facultad de decidir y hacer de forma conjunta, en el cual prima la confianza, el compromiso, la participación, la responsabilidad con autodeterminación, identidad, y autoestima equilibrada, que busca el empoderamiento de todos los asociados hacia la organización para el bien común.
3. Diversificación Productiva. Se asume la obligación de promover la diversificación productiva como estrategia implementada por la agricultura familiar sustentable, a través de las Organizaciones Económicas Campesinas, Indígena Originarias - OECAS, las Organizaciones Económicas Comunitarias - OECOM, y las familias productoras indígena originario campesinas, interculturales y afrobolivianas organizadas en la agricultura familiar sustentable, para ampliar la variedad de la producción y los usos de sus recursos existentes, en armonía con la Madre Tierra en busca de asegurar la alimentación con soberanía.
4. Educación para una Buena Alimentación. Se asume la obligación de transmitir hábitos alimenticios y de consumo basados en una dieta alimentaria variada y rica en nutrientes. Asimismo, se basa en información sobre el valor nutricional de los productos en busca de una alimentación sana y nutritiva, dirigidos a cubrir las necesidades alimenticias de las familias bolivianas a través de una educación responsable.
5. Economía Solidaria. Se fomenta la economía solidaria donde priman las personas y el trabajo, buscando un equilibrio entre lo social y lo económico; bajo decisión colectiva de distribuir los recursos, los bienes y servicios; de comercializar, consumir y de desarrollarse en el marco de relaciones sociales solidarias, de equidad y reciprocidad, para satisfacer las necesidades humanas y contribuir al logro del Vivir Bien del pueblo boliviano.
6. Género y Generacional. Se asume la obligación de impulsar acciones que garanticen equidad de género y que donde prima la familia compuesta por hombres, mujeres, jóvenes y adultos mayores, éstos se reconocen en sus diferencias y complementariedades, participan en igualdad y contribuyen con equidad para el desarrollo social, económico y productivo para el Vivir Bien.
7. Integración de la Juventud Rural. Se promueve acciones para el desarrollo integral de las capacidades de las jóvenes y los jóvenes de las áreas rurales, fomentando la transmisión de conocimientos y saberes propios de padres a hijos. Asimismo, genera políticas orientadas a la reducción de la migración del campo a la ciudad, considerando que las jóvenes y los jóvenes son fundamentales para el desarrollo de la agricultura familiar sustentable de las áreas rurales.
8. Preservación de Saberes, Prácticas y Tecnologías Propias. Se garantiza la preservación, fomento y difusión de las prácticas propias de las Organizaciones Económicas Campesinas, Indígena Originarias - OECAS, las Organizaciones Económicas Comunitarias - OECOM, y las familias productoras indígena originario campesinas, interculturales y afrobolivianas organizadas en la agricultura familiar sustentable, a fin de fortalecer la identidad cultural, la transmisión de saberes y recuperación de buenas prácticas sobre la producción.
9. Reconocimiento del Aporte Productivo de la Mujer Rural. Se reconoce el aporte productivo de las mujeres indígena originario campesinas, interculturales y afrobolivianas de la agricultura familiar sustentable para la producción de alimentos destinados al consumo nacional y la soberanía alimentaria, a la generación de excedentes y al desarrollo del sector productivo.
10. Reconocimiento del Aporte de la Agricultura Familiar Sustentable a la Conservación de la Biodiversidad Nativa. Se reconoce el aporte de la agricultura familiar sustentable a la conservación in situ de los recursos fitogenéticos de la agrobiodiversidad nativa de Bolivia, que es la base de la soberanía alimentaria; así como su aporte a la diversificación de las actividades productivas.
11. Progresividad. Se adoptará las medidas necesarias tendientes a dar efectividad progresiva aldesarrollo de las Organizaciones Económicas Campesinas, Indígena Originarias - OECAS, las Organizaciones Económicas Comunitarias - OECOM, y las familias productoras indígena originario campesinas, interculturales y afrobolivianas organizadas en la agricultura familiar sustentable, adoptando criterios que permitan su autogestión y sostenibilidad productiva y económica a través del tiempo y en función a su desarrollo.
12. Sustentabilidad. Se asume la obligación de preservar los sistemas de vida y los componentes de la Madre Tierra para las futuras generaciones, promoviendo el desarrollo productivo integral para el Vivir Bien, en armonía con la Madre Tierra y preservando la diversidad genética, respetando los usos y costumbres, reconociendo a la familia como el núcleo principal de la producción y de la sostenibilidad productiva a través del tiempo.
13. Unión y Complementariedad Orgánica. Los sujetos de la presente Ley deberán respetar y cumplir los usos y costumbres, las obligaciones, los derechos y la actividad productiva en los diferentes niveles de estructuras orgánicas naturales: local, regional, departamental y nacional.