LEY Nº 977 DE 26 DE SEPTIEMBRE DE 2017
“LEY DE INSERCIÓN LABORAL Y DE AYUDA ECONOMICA PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD”
¿Cuál es el objeto de la Ley?
La norma regula la inserción laboral en el ámbito público y privado de personas con discapacidad o en su caso, en favor de los padres o tutores que se encuentren a cargo de menores de 18 años con discapacidad, además se crea un bono mensual para personas con discapacidad grave y muy grave.
¿En qué consiste la Inserción Laboral Obligatoria?
Significa que en todas las entidades del sector público y privado, así como de las que personas naturales o jurídicas que perciban, generen o administren recursos públicos; tiene la obligación de insertar laboralmente a personas con discapacidad o sus familiares que se encuentren a cargo de menores de 18 años, en un porcentaje no menor del 4% de su personal.
¿Qué sucede con el sector privado?
De la misma manera las empresas privadas establecidas en el territorio nacional, tienen la misma obligación de inserción laboral en favor de personas con discapacidad o en su caso de la madre, padre o tutor de un menor de 18 años con discapacidad grave o muy grave; con la diferencia de que el porcentaje a ser incorporado no debe ser menor al 2%.
¿Cuál es el procedimiento para la inserción laboral de personas con discapacidad?
En el caso de entidades públicas la inserción se realiza a través de invitaciones directas a personas con discapacidad o la madre, padre o tutor de un menor de 18 años con discapacidad grave o muy grave; también se puede realizar a través de la Bolsa de Trabajo del Ministerio de Trabajo, que es la única entidad que puede ejercer intermediación laboral en estos casos.
¿Al margen de la inserción laboral, que obligaciones tienen entidades públicas y privadas en materia de discapacidad?
Las instituciones públicas y privadas deben garantizar la accesibilidad a su personal con discapacidad, además deben realizar reportes trimestrales al Ministerio de Trabajo sobre el cumplimiento de la norma, adjuntando las planillas de pago de las personas insertadas laboralmente o en su caso de los puestos vacantes para este fin.
¿Qué es el Bono para personas con discapacidad grave o muy grave?
Es un pago mensual de Bs. 250, de responsabilidad por los Gobiernos Autónomos Municipales, en favor de personas con discapacidad grave o muy grave, con domicilio en su jurisdicción, que no estén beneficiadas con la inserción laboral ni perciban bono de indigencia; siendo requisito para su cobro que los beneficiarios estén registrados en el Sistema de Información del Programa de Registro Único Nacional para Personas con Discapacidad.