LEY Nº 913 DE 16 DE MARZO DE 2017
“LEY DE LUCHA CONTRA EL TRÁFICO ILÍCITO DE SUSTANCIAS,CONTROLADAS”
¿Cuál es el objeto de la Ley?
La norma establece mecanismos de lucha contra el tráfico ilícito de sustancias controladas en el ámbito preventivo integral e investigativo; de control y fiscalización de las sustancias químicas controladas; el régimen de bienes secuestrados, incautados y confiscados; así como la pérdida de dominio de bienes ilícitos a favor del Estado.
¿Cuál es su finalidad?
La Ley tiene entre sus finalidades: promover, proteger y garantizar el derecho a la vida, la salud pública, la seguridad y soberanía del Estado en la lucha contra el tráfico ilícito de sustancias controladas para el Vivir Bien, regular el régimen de bienes secuestrados, incautados y confiscados, vinculados a actividades de tráfico ilícito de sustancias controladas y establecer la pérdida de dominio de bienes como instrumento jurídico de carácter real, independiente de la responsabilidad personal para evitar la consolidación y disfrute sobre activos y bienes de origen ilícito vinculados a actividades de tráfico ilícito de sustancias controladas.
¿Qué instrumentos de investigación penal incorpora la Ley?
La norma incorpora nuevos instrumentos en la investigación penal en delitos de narcotráfico, entre los que esta: la Compensación Económica al Riesgo del Informante, por la cual se determina que la persona que proporcione información útil y fidedigna en la investigación debe recibir una remuneración económica, la “Colaboración Eficaz” por la que un imputado, acusado o condenado por delitos de narcotráfico colabora con la investigación identificando e individualizando a los autores y sus bienes, se hace susceptible de ventajas dependiendo el estado de la investigación o proceso con la imposición del mínimo legal de la sanción o la extinción de la acción penal y el fiscal podrá solicitar al Juez la “Intervención de Telecomunicaciones”, con la finalidad de obtener mayores elementos de convicción.
¿Se requiere autorización expresa para manejar, manipular o realizar cualquier actividad lícita con sustancias controladas?
Toda persona natural o jurídica deberá contar con la autorización emitida por el Ministerio de Gobierno o Salud para la fabricación, distribución, importación, exportación, comercialización de fármacos o sustancias químicas para uso medicinal.
¿Qué por quienes está conformado el CONALTID ?
Es el Consejo Nacional de Lucha contra el Narco Tráfico ilícito de Drogas está conformado por los Ministerios de Relaciones Exteriores, de la Presidencia, de Gobierno, de Defensa y el de Salud. Está presidido por la o el Presidente del Estado Plurinacional de Bolivia es el máximo organismo para el diseño, aprobación, ejecución, seguimiento y evaluación de las políticas de lucha contra el tráfico ilícito de drogas y sustancias controladas.
¿Qué entidad es la encargada de la administración de bienes incautados?
La Dirección General de Registro, Control y Administración de Bienes Incautados – DIRCABI, es la entidad desconcentrada dependiente del Ministerio de Gobierno que se encarga de administrar, controlar y monetizar bienes secuestrados, incautados y confiscados en proceso penales y los bienes objeto de perdida de dominio a favor de Estado vinculados a delitos de tráfico de sustancias controladas conforme a reglamento.
¿Qué es el Sistema Informático Integrado de Bienes?
Es una base de datos administrada por DIRCABI, que contiene la información de los bienes secuestrados, incautados o confiscados; de bienes objeto de Pérdida de Dominio y cuyo dominio haya sido declarado a favor del Estado, en procesos relacionados al tráfico ilícito de sustancias controladas.
¿En qué consiste la Monetización y cuál es el destino de los recursos obtenidos por ese concepto?
La monetización es el acto administrativo por el que se obtienen recursos económicos como resultado de la subasta o venta de bienes secuestrados, incautados, confiscados o entregados voluntariamente; los cuales son posteriormente destinados a la Lucha Integral Contra el Narcotráfico así como los gastos de administración de DIRCABI.
¿Que entiende la Ley por Pérdida de Dominio?
Es un instituto jurídico de carácter real y contenido patrimonial, que consiste en la pérdida del derecho de propiedad y posesión de bienes de procedencia ilícita por derivar o estar vinculados a actividades de tráfico ilícito de sustancias controladas a favor del Estado.
¿Cómo se materializa la pérdida de dominio?
A través de una Acción de naturaleza jurisdiccional e independiente, que se ejerce en cualquier momento sobre bienes de ilícita procedencia, desarrollada en Juzgados Especializados donde participan como partes el Ministerio Público y el afectado; procesos en los que además tienen la obligación de coadyuvar entidades como DIRCABI, Viceministerio de Defensa Social y Sustancias Controladas y la Unidad de Investigaciones Financieras – UIF.
La Ley establece un procedimiento que regula la pérdida de dominio de bienes ilícitos a favor del Estado.